El Consejo de Administración de la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia de Córdoba, mediante el Acta N° 20, resolvió por unanimidad la creación de una línea de CRÉDITO PERSONAL denominada AYES (Ayuda Escribanías), considerando la realidad actual y la situación de todos los escribanos activos que tienen a su cargo empleados.
La solicitud de este crédito y demás documentación necesaria deben ser firmadas en forma presencial en la Sede de la Institución respetando el turno asignado para ello o bien certificadas las firmas por ante Escribano Público.
En este sentido, el formulario de solicitud y los requisitos a presentar pueden descargarse ingresando en la sección de Servicios Web de la página institucional o accediendo aquí.
Los requisitos para acceder al CRÉDITO PERSONAL AYES son:
a) El préstamo será por única vez y hasta un importe máximo de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000).
b) Es un préstamo personal con dos garantes.
c) Es requisito para acceder a dicho préstamo el no tener vigente al momento de la aprobación del mismo, otro préstamo de cualquier tipo otorgado en esta Caja Notarial, entiéndase por tal a Préstamos Personales, Préstamos Prendarios, Préstamos Hipotecarios o cualquier otro, con excepción únicamente, del préstamo extraordinario dispuesto por Acta 10 de fecha 23 de Marzo de 2020.
d) Es condición también que él o la Escribano/a solicitante, sea Afiliado Activo, tenga al menos un empleado registrado a su nombre y que este/a tenga fecha de ingreso al trabajo anterior al 01 de Enero de 2020.
e) La solicitud del crédito y demás documentación necesaria deben ser firmadas en forma presencial en la sede de la Institución respetando el turno asignado para ello o bien certificadas las firmas por ante Escribano Público.
f) El Afiliado Activo solicitante debe encontrarse al día con todas las obligaciones para con la Caja Notarial sean Aportes Jubilatorios, Servicios Médicos, cuotas subsidios, varios, cuotas de préstamo, intereses y demás al día 29 de Febrero de 2020.
g) El Afiliado Activo solicitante no debe tener obligaciones pendientes para con la Caja Notarial al momento de aprobarse este préstamo.
h) El Afiliado solicitante debe acreditar estar al día con los sueldos y aportes del personal a su cargo, cuyos datos aporte al 29 de Febrero de 2020, para lo cual exhibirá F931 y demás comprobantes y documentación que exija el Contador de la Institución.
i) El requirente del préstamo deberá cumplimentar todos los requisitos necesarios y exigidos para el otorgamiento de los préstamos personales con garante y abonar los gastos administrativos correspondientes.
j) El requirente deberá abonar el sellado del préstamo.
k) El importe del préstamo será liquidado una vez aprobado por el Consejo de Administración de la Caja Notarial y transferido a la cuenta del requirente.
l) El préstamo se otorgará por un plazo de Treinta y seis (36) meses, de los cuales los seis (6) primeros meses a contar de la fecha de la aprobación del préstamo, se consideraran periodo de gracia, no generarán intereses y no se deberá amortizar en ese ínterin parte del préstamo.
ll) Del mes siete (7) al mes Treinta y seis (36) se generarán intereses y simultáneamente se irá amortizando el préstamo por el sistema FRANCES.
m) Se aplicará un interés anual del Dieciocho (18%) por ciento para las cuotas siete (7) a trece (13) mientras que para las posteriores catorce (14) a treinta y seis (36) el interés será igual al de los préstamos personales a treinta y seis meses que fije el Consejo de Administración vigente en ese entonces.
n) Que se podrá solicitar desde el 01 de Junio de 2020 al 31 de Agosto de 2020 o hasta cuando se haya completado el cupo asignado para préstamos en el presupuesto del corriente año, lo que ocurra primero.
ñ) El préstamo al que se refiere la presente resolución no podrán solicitarlo ninguno de los miembros del Consejo de Administración de esta Caja Notarial, ni de su Comisión Revisora de Cuentas.
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